DERECHO CORPORATIVO

Derecho Corporativo

Constitución de sociedades, su mantenimiento legal, elaboración y revisión de contratos.

El despacho cuenta con un área especializada en Derecho Corporativo que se encarga principalmente de brindar asesoría integral a empresas en relación con la constitución de sociedades, mantenimiento legal de las mismas, elaboración y revisión de diversos tipos de contratos y cuestiones diversas.

El área de Derecho Corporativo está conformada por los licenciados en Derecho Estela Rodríguez Botello, Rafael Heres Del Valle, Omar Sánchez, Adahía García y Evelyn Santillán. Una de las actividades predominantes y en la cual el despacho cuenta con una amplia experiencia es en la constitución de sociedades en México, actividad que incluye desde la obtención del permiso ante la Secretaría de Relaciones Exteriores como la elaboración de estatutos, la constitución ante Notario Público y en su caso la inscripción de la sociedad en el Registro Nacional de Inversión Extranjera.

Para el caso de que alguno o varios accionistas que integraran la sociedad estén domiciliados en el extranjero, contamos con un texto de carta poder para que dichos accionistas puedan ser representados por personal de nuestro despacho en la firma de la escritura constitutiva.

En el renglón de la elaboración y revisión de contratos, el despacho se ha caracterizado por ofrecer una solución real y práctica a las necesidades de nuestros clientes, y siempre con apego a las disposiciones legales aplicables. La gama de elaboración y revisión de contratos incluye contratos civiles, mercantiles, laborales y administrativos de cualquier naturaleza.

Considerando la enorme importancia que tiene hoy en día el comercio internacional y las relaciones internacionales, el área de Derecho Corporativo se especializa asimismo en la elaboración de análisis detallados y completos en relación con el tratamiento fiscal aplicable a diversas transacciones que pudiere realizar una empresa residente en México con residentes en el extranjero, como por ejemplo con Colombia, España o Estados Unidos.

Asimismo contamos con despachos asociados en prácticamente todo el mundo y en todo tipo de jurisdicciones para la constitución y mantenimiento de sociedades en el extranjero.

Requisitos para la constitución de una sociedad en México.

1. Para el efecto de poder constituir una empresa en México con capital extranjero, en primer lugar, es necesario solicitar un permiso a la Secretaría de Economía (SE) para la constitución de la sociedad, mediante un escrito proporcionando tres posibles denominaciones para la misma.

2. Una vez obtenido el permiso de SE, será necesario protocolizar ante Notario Público los estatutos sociales que nosotros hayamos diseñado y su empresa haya aceptado de la sociedad.

3. Posteriormente, y una vez que el Notario Público haya entregado ya la escritura constitutiva de la sociedad, se deberá proceder a inscribir la misma en el Registro Público de Comercio del domicilio social y en el Registro Federal de Contribuyentes ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

4. Tomando en cuenta que en dicha sociedad mexicana participará la inversión extranjera será necesario inscribir a la sociedad en el Registro Nacional de Inversión Extranjera (RNIE) ante la Secretaría de Economía.

5. Por otro lado y conforme a las disposiciones vigentes de la Ley General de Sociedades Mercantiles, es necesario que la sociedad lleve un registro de accionistas, de actas de asamblea y de variaciones de capital en los libros respectivos.

6. Asimismo, se tiene la obligación de inscribir a la sociedad en el Sistema de Información Empresarial Mexicano (SIEM).

7. En referencia a los puntos 1 y 2 anteriores, cabe mencionar que para la elaboración de la escritura constitutiva de la sociedad serán necesarios los siguientes datos:
– Tipo de sociedad.
– Nombre, domicilio y nacionalidad de los socios o accionistas.
– Razón social o denominación.
– Duración.
– Importe del capital social.
– Porcentaje de participación y número de acciones que suscribe cada uno de ellos.
– Objeto de la sociedad.
– Integrantes del órgano de administración de la sociedad.
– Nombre y facultades de los apoderados de la sociedad.
– Domicilio de la sociedad.

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